Quienes Somos

                                   FUNAPRALSV:
 


Mision:

Desarrollar las diversas estrategias que promuevas la Accesibilidad y el uso de la Lengua de Señas (L.S.V.) como Codigo de Comunicacion entre los diferentes entes personas naturales o entes juridicos que permitan el desemvolvimiento social de las Personas Sordas o con Discapacidad Auditiva en la sociedad.

Vision:

Ampliar nuestro horizontes en el Acceso a la Lengua de Señas Venezolana y su Uso como fuente de Comunicacion propiciardo su proyeccion hacia los diferentes estados del Pais, asi como su proyeccion a nivel Internacional que permitan la formacion permanente e intercambio de experiencias, importante en el desarrollo de grupos sociales y su transcendencia en las nuevas generaciones.

 

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Empleo para Personas con Discapacidad
 
Artículo 28. Los órganos y entes de la Administración Pública y privada, así como las empresas públicas privadas o mixtas, deberán incorporar a sus planteles de trabajo no menos de un cinco por ciento (5 %) de personas con discapacidad permanente, de su nómina total, sean ellos ejecutivos, ejecutivas, empleados, empleadas, obreros u obreras.
No podrá oponerse argumentación alguna que discrimine, condicione o pretenda impedir el empleo de personas con discapacidad.
 
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